No. A diferencia de otros productos de inversión como los depósitos o los dividendos de acciones, los fondos indexados no aplican retención en el momento de la venta. Esto significa que cuando vendes participaciones y obtienes una ganancia, recibes el importe íntegro en tu cuenta, sin que Hacienda haya retenido nada por adelantado.
Eres tú quien, al hacer la declaración de la Renta, deberá declarar correctamente ese beneficio y pagar los impuestos correspondientes. Este punto es muy importante: el hecho de que no haya retención no significa que no se tribute. Simplemente, el pago se difiere hasta la campaña de la Renta.
Ahora bien, como el dinero llega íntegro, te aconsejo que reserves el porcentaje correspondiente al tipo impositivo que te vaya a aplicar. Porque si no lo haces, puedes encontrarte con una sorpresa desagradable al año siguiente.
Por ejemplo, si obtuviste 10.000 euros de ganancia, y tu tramo es del 21 %, deberías reservar unos 2.100 euros para pagar cuando presentes la declaración. Es una buena práctica que siempre recomiendo en mis sesiones de formación.
Para los que están empezando, en mis cursos de trading abordo también cómo tener en cuenta la fiscalidad en la planificación financiera, porque no se trata solo de ganar dinero, sino de conservarlo de forma inteligente.